Publicar imágenes sin consentimiento
Tabla de contenidos
Existe una prohibición general de interceptar las comunicaciones privadas de otros mediante el uso de dispositivos electrónicos o de otro tipo. El Código Penal establece que toda persona que, mediante cualquier dispositivo electromagnético, acústico, mecánico o de otro tipo, intercepte deliberadamente una comunicación privada, puede ser condenada a una pena de prisión de hasta cinco años. El Código Penal también concede una indemnización por daños y perjuicios de hasta 5.000 dólares si la persona agraviada no ha iniciado un procedimiento civil separado.
La prohibición de interceptar comunicaciones privadas no se aplica al uso de equipos de videovigilancia cuando no hay sonido. No existe ninguna sanción penal contra la fotografía o la filmación de personas o bienes expuestos al público. El Código Penal sólo se aplica al uso de equipos de videovigilancia si se utilizan para interceptar comunicaciones privadas.
Alguien me grabó sin mi consentimiento
Los vídeos de Zoom no se graban por defecto, pero los anfitriones de las llamadas pueden optar por grabarlos y guardarlos en los servidores de Zoom o en sus propios ordenadores sin el consentimiento de los participantes, aunque éstos reciben una notificación cuando un anfitrión empieza a grabar.
Además, el infractor puede ser objeto de una responsabilidad civil de 5.000 dólares o del triple del importe de los daños reales sufridos por ello. Según la Orden General 107-B(II)(A)(5) de la Comisión de Servicios Públicos de California, se permite la grabación si se emite un aviso de «tono».
La gente no puede grabar sin su permiso». La clave para ser demandado en las redes sociales es, la difamación. Tiene que ser un post que perjudique tu reputación de forma tangible. … El mero hecho de publicar esa foto de alguien que es poco favorecedora, eso no es difamación».
Por lo tanto, no se permite la grabación subrepticia (con excepciones para los agentes de la ley que hayan obtenido una orden para realizar dichas grabaciones). Los estados con estas leyes son California, Connecticut, Florida, Illinois, Maryland, Massachusetts, Michigan, Montana, Nevada, New Hampshire, Pennsylvania y Washington.
¿En qué estados se puede grabar a alguien sin que lo sepa?
Aunque generalmente se puede fotografiar una propiedad privada y a las personas que se encuentran en ella si el fotógrafo no está dentro de los límites de la propiedad privada y no se le puede pedir que deje de hacerlo o que borre las imágenes, el propietario puede restringir la grabación mientras el fotógrafo está en la propiedad privada[cita requerida] El incumplimiento de las órdenes de dejar de grabar en la propiedad privada no es un delito, aunque puede ir en contra de las condiciones o la política de entrada y se puede pedir al fotógrafo que se vaya; si se niega a irse, puede ser responsable de allanamiento[cita requerida].
Por lo general, el fotógrafo tiene plenos derechos sobre las imágenes, lo que significa que también puede publicarlas en algo como las redes sociales sin el permiso de las personas que aparecen en la imagen. Aunque hay excepciones en los siguientes casos.
Si quieres fotografiar con fines comerciales, es posible que tengas que obtener el permiso de cualquier persona que haya participado en la película o fotografía. Los fines comerciales suelen significar que estás fotografiando para obtener un beneficio económico o para promocionar bienes o servicios[4].
¿Puedo demandar a alguien por grabarme sin mi permiso en California?
Hampshire, Pensilvania y Washington. (Notas: (1) La ley de consentimiento de dos partes de Illinois fue declarada inconstitucional en 2014; (2) Hawái es en general un estado de una sola parte, pero requiere el consentimiento de dos partes si el dispositivo de grabación se instala en un lugar privado; (3) Massachusetts prohíbe las grabaciones «secretas» en lugar de exigir el consentimiento explícito de todas las partes). Aunque se refieren a
Se aplican consideraciones especiales cuando se graba a agentes de policía u otros funcionarios públicos. Usted puede tener un derecho constitucional a grabar abiertamente las actividades de la policía y otros funcionarios en público, siempre que no interfiera con esas actividades o viole las leyes generalmente aplicables. Para más información, consulte la sección sobre grabación de agentes de policía y funcionarios públicos.
Buscamos autores con experiencia en derecho de los medios de comunicación, propiedad intelectual, Primera Enmienda y otros campos relacionados para que se unan a nosotros como blogueros invitados. Si está interesado, póngase en contacto con nosotros para obtener más detalles.